ANTIGÜEDAD: Igual o superior a Cuatro (4) años de afiliación a FONBIENESTAR.
MONTO: Hasta el 70% del valor del inmueble y máximo 150 SMMLV.
PLAZO MÁXIMO: Hasta 144 meses (12 años).
TASA DE INTERÉS: Se aplicará de acuerdo con la tasa vigente al momento de la aprobación del crédito por parte de la Junta Directiva
FORMA DE PAGO: Por descuento de nómina de la entidad empleadora o pago por medio electrónico (PSE – Oficina virtual, etc.) o con extracto por código de barras, máximo en la fecha pactada y con la obligación de pagar las cuotas en forma continua y permanente o en su defecto automáticamente se aplicará el respectivo reglamento de gestión de Cobranza.
REQUISITOS GENERALES:
REQUISITOS PARA LA SOLICITUD Y APROBACIÓN DEL CRÉDITO
1. Solicitud del crédito.
2. Certificado de tradición y libertad del inmueble no superior a 30 días
3. Manifestación juramentada ante notaria del valor comercial del bien inmueble suscrita por el comprador y el vendedor.
Y los demás requisitos contemplados en los artículos 24 y 25 de reglamento de crédito vigente Acuerdo No. 005 del 08 de febrero de 2025
Una vez aprobado o negada la solicitud, la administración comunicará al asociado dicha decisión.
REQUISITOS PARA LEGALIZACIÓN DEL CRÉDITO
a- Copia autenticada de la promesa de Compraventa
b- Certificado de tradición y libertad no superior a 30 días.
c- Certificación cuenta Bancaria del vendedor.
d- Copia de cédula del Asociado.
Además de los requisitos anteriores, para el caso de la vivienda usada se deberán aportar los siguientes documentos:
- Avaluó comercial del inmueble realizado por persona debidamente inscrita en registro abierto de avaluadores “RAA” o entidad análoga.
- Fotocopia de paz y salvo de impuesto predial expedido por el ente competente.
- En caso de estar sometido a régimen de propiedad horizontal, remitir paz y salvo expedido por la administración de la copropiedad.
Compra de Lote urbano o rural
a- Avaluó comercial del inmueble realizado por persona debidamente inscrita en registro abierto de avaluadores “RAA” o entidad análoga
b- Promesa de Compraventa debidamente autenticada.
c- Copia de la cédula del comprador y vendedor.
Construcción:
a- Formulario único nacional para la solicitud de licencia de construcción.
b- Copia del certificado de tradición y libertad del Inmueble
c- Copia del documento de identidad.
d- Planos urbanísticos y arquitectónicos.
e- Estudios de suelos, memorias de cálculos y planos estructurales según tipo de licencia que soliciten.
PARÁGRAFO PRIMERO: Una vez el área jurídica realice el estudio de títulos podrá solicitar documentos adicionales para la legalización del crédito (escrituras, certificados de inmueble de mayor extensión, fallos judiciales, actos administrativos, etc.) y podrá, además, previa emisión de concepto, solicitar el saneamiento de la cadena tradición. En caso de que el asociado no realice los correctivos pertinentes no se continuará con el proceso de legalización, a falta de garantía admisible.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Posteriormente a la expedición del certificado de tradición y libertad, el asociado deberá enviar copia a FONBIENESTAR para el desembolso del crédito.
PARÁGRAFO TERCERO: El plazo para mantener la aprobación del crédito tendrá una vigencia de 6 meses a partir de la fecha de aprobación. Pasado este tiempo el asociado deberá realizar solicitud de prórroga ante Junta Directiva por el mismo plazo.
REQUISITOS PARA DESEMBOLSO
a- Certificado de tradición y libertad en el cual conste la hipoteca a favor de FONBIENESTAR.
b- Primera copia de la Escritura pública de compraventa y constitución de hipoteca en favor de FONBIENESTAR
c- Seguro contra todo riesgo a favor de FONBIENESTAR durante la vigencia del crédito con la aseguradora que el Fondo determine.
d- Carta de autorización de giro a tercero debidamente autenticada.
e- El desembolso se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta reportada por el vendedor, salvo en los eventos en que el negocio jurídico esté intermediado por fiducia y requiera consignación a favor de esta, evento en el cual se podrá expedir cheque de gerencia debiendo el asociado asumir los gastos inherentes a la operación que serán descontados del valor crédito.
GARANTÍA: Hipoteca de primer grado sobre el inmueble a financiar en favor de FONBIENESTAR.
REQUISITO:Consultas a Centrales de Información.
INTERÉS DE MORA: El interés por mora será el máximo legal vigente, y deberá ser cancelado como una adición a la cuota respectiva, se aplicará sobre el capital de cada cuota atrasada por el número de periodos en mora.
TIPO DE AMORTIZACIÓN:
– Abonos por cuotas fijas mensuales de acuerdo con el plazo pactado.
-El deudor podrá realizar abonos adicionales en cualquier momento con el fin de disminuir plazo o
abonar a saldo de capital.
-El asociado podrá pactar pago de cuotas extras semestrales con las primas de Junio y diciembre
CRITERIOS DE APROBACIÓN: Para la aprobación de los créditos prevalecerán los siguientes criterios:
- Antigüedad de afiliación a FONBIENESTAR.
- Se propenderá dar prioridad a aquellos asociados que no cuenten con vivienda propia.
- Que se cumplan con todos los requisitos exigidos en el presente acuerdo.
SANCIONES: Aplicación del reglamento de gestión de cobranza.
SEGUROS Y COMISIONES:
a- 1% por concepto de seguro de vida
b- Seguro contra todo riesgo a favor de FONBIENESTAR durante la vigencia del crédito.