La forma más sencilla de solucionar iliquidez
En FONBIENESTAR, siempre buscamos ofrecerte lo mejor. Por eso, queremos compartir contigo estimado Asociado (a) una noticia emocionante: hemos mantenido nuestra tasa de interés al increíble 1.30 N.M.V. Esto significa que desde ahora y hasta el 10 de noviembre de 2025, puedes Pignorar tu Prima con una de las tasas más competitivas en el mercado y de forma fácil.
Conoce más de este Crédito
- Es procedente para atender las situaciones de iliquidez del Asociado.
- Es descontado de la respectiva prima legal semestral. Únicamente se concederá a los Servidores Públicos del ICBF y trabajadores Asociados a FONBIENESTAR.

Beneficios Adicionales
- Tasa: 1.30% N.M.V.
- Plazo: de acuerdo con el pago de la respectiva prima legal semestral.
Términos y condiciones
Despliega este menú para conocerlos
- ANTIGÜEDAD: desde el momento de la afiliación; una vez se les haya efectuado el primer descuento de aportes. Se tendrá en cuenta que al momento de la solicitud hayan transcurrido por lo menos tres (3) meses de vinculado a la entidad empleadora.
- MONTO MÁXIMO: Hasta el 50% del valor de la prima semestral, previamente certificado (teniendo en cuenta que no haya sido comprometida previamente).
- PLAZO MÁXIMO: De acuerdo con el pago de la respectiva prima legal semestral.
- TRAMITE Y REQUISITOS ESPECÍFICOS: Primer semestre: El asociado podrá efectuar la solicitud a partir del primer día hábil del mes de marzo y hasta el día 10 del mes de MAYO. Segundo semestre: El asociado podrá efectuar la solicitud a partir del primer día hábil del mes de septiembre hasta el día 10 del mes de NOVIEMBRE. El asociado deberá allegar formato de autorización de descuento de prima autorizada por el responsable de Talento Humano. No requiere desprendible de pago. Su aprobación estará sujeta a la disponibilidad de flujo de caja y al respectivo estudio.
- TASA DE INTERÉS: Según la establecida por la Junta Directiva, la cual estará sujeta a modificación.
- SEGUROS Y COMISIONES: No aplica.
- TIPO DE AMORTIZACIÓN: Interés anticipado y con pago de capital al término.
- FORMA DE PAGO: por nómina.
- GARANTÍA: Aportes, ahorros permanentes, estímulo al ahorro y firma de pagaré en blanco y carta de instrucciones.
- INTERÉS DE MORA: El interés por mora será el máximo legal vigente, y deberá ser cancelado como una adición a la cuota respectiva se aplicará sobre el capital de cada cuota atrasada por el número de periodos en mora.
- SANCIONES: Aplicación del reglamento de gestión de cobranza.
*Aplican términos, condiciones y restricciones que podrá consultar en fonbienestar.com.co – Crédito de Pignoración de Prima – Acuerdo 013 de 2025.
Formatos para la solicitud
Conoce Más
Recuerde que los Asociados deberán tener por lo menos tres (3) meses de vinculado a la entidad empleadora.
#SuBienestarNuestroMayorCompromiso
#SomosTodos

